Boletín: Guía Práctica para la Observancia del Deber de Informar

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: GUÍA PRÁCTICA PARA LA OBSERVANCIA DEL DEBER DE INFORMAR

 

La Autoridad de Protección de Datos Personales, a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ha publicado una Guía Práctica para la observancia del “deber de informar” (la Guía) la cual tiene como finalidad orientar, en forma práctica y sencilla, a toda persona natural o jurídica, así como entidad pública que realiza el tratamiento de datos personales sobre cómo dar cumplimiento al deber/derecho de información establecido en el artículo 18 de la Ley de Protección de Datos Personales, Ley 29733, que tiene todo titular de datos personales sobre las condiciones del tratamiento de sus datos y de los derechos que les asisten.

Así, dicha Guía responde a las siguientes preguntas: ¿en qué consiste el deber-derecho de información? ¿bajo qué formas y en qué momento se debe cumplir con informar? ¿cuándo no es preciso cumplir con el deber de información? ¿cuáles son los aspectos relevantes de informar?¿de qué manera se debe informar al titular de los datos personales? ¿a quién le corresponde la carga de la prueba para efectos de acreditar el cumplimiento del deber de información? ¿qué peculiaridades deben tomarse en cuenta –según se adopte una determinada modalidad- para la recopilación de los datos personales?, y presenta algunos formatos con ejemplos de información a brindar, según el medio de recopilación de datos empleado.

 

Pueden encontrar la Guía completa en el siguiente link:

https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/418663/Gu%C3%ADa_Deber_de_Informar.pdf

Para mayor información escribir a:

Alberto Rebaza
María del Pilar Sánchez
Andrea Rieckhof

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