J.P. Morgan obtiene autorización para operar como el primer banco de inversión en Perú

Rebaza, Alcázar & De Las Casas en Lima asesoró a J.P. Morgan Chase & Co (a través de J.P. Morgan International Finance Limited y J.P. Morgan Overseas Capital Corporation) en la obtención de la primera licencia otorgada en Perú, como Banco de Inversión.

El 29 de diciembre de 2016, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs – SBS, otorgó la aprobación de la Autorización de Funcionamiento de J.P. Morgan Banco de Inversión, lo cual constituyó el paso final de un largo y desafiante proceso para operar como el primer banco de inversión peruano.

La Autorización de Organización fue solicitada en agosto de 2015 y otorgada en abril de 2016, mientras que la Autorización de Funcionamiento fue solicitada en julio de 2016 y otorgada el 29 de diciembre de 2016. No obstante, el reto se inició antes, con las negociaciones que se dieron entre J.P. Morgan y las autoridades peruanas para la dación de las normas reglamentarias necesarias, ya que la Ley de Bancos peruana, del año 1996, reconoce a los bancos de inversión como participantes del mercado financiero peruano, bajo la supervisión de la SBS; no obstante, hasta junio del 2015 no existía reglamentación alguna que estableciera los requisitos, procedimientos y marco legal para la organización y funcionamiento de los bancos de inversión.

En ese sentido, Rebaza Alcázar & De Las Casas apoyó a J.P. Morgan en desarrollar e impulsar la dación de la regulación correspondiente, para su ingreso al mercado peruano. Dicho esfuerzo incluyó un profundo análisis para la presentación de comentarios a los proyectos de norma, incluyendo todos los aspectos; por ejemplo, hubo la posibilidad de que la supervisión de los bancos de inversión sea otorgada a la autoridad de Mercado de Valores, propuesta desestimada, quedando bajo la supervisión de la SBS); así como en diversos aspectos específicos, como la administración integral de riesgos, seguridad de la información y continuidad de negocio, gobierno corporativo, productos financieros derivados, entre otros.

Finalmente con la regulación establecida, J.P. Morgan tuvo que enfrentar retos derivados de su carácter internacional, ya que parte de sus operaciones fueron planeadas para ser suministradas por sus subsidiarias en varios países como Brasil, Chile, Colombia, Estados Unidos e Inglaterra, lo cual generó una mayor complejidad para la obtención de la licencia.

Asesoría a J.P. Morgan:

Rebaza, Alcázar y de las Casas: Socio Principal Rafael Alcázar; Asociada Senior Maria del Pilar Sánchez y Asociada Junior Alma Jimenez.

Abogada interna: Maria Jose Gnecco.

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